Entre el CIJUSO (Fundación de Ciencias Jurídicas y Sociales) representada por su presidenta, Dra. Marcela Nussbaum con domicilio en la calle Villanueva N° 908 de la Ciudad de Buenos Aires y FUNDEJUS (Fundación de Estudios para la Justicia), representada por el Vice-Presidente en ejercicio de la Presidencia, Dr.Alfredo Ruiz Paz, con domicilio en calle Lavalle Nº 1.580 Nº 4 “E“ de la Ciudad de Buenos Aires, se celebra el presente convenio de cooperación, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Ambas instituciones favorecerán la concertación de programas de cooperación para la ejecución conjunta y coordinada de proyectos de investigación, docencia y/o extensión de áreas de mutuo interés.
SEGUNDA: Las acciones a que dé lugar este convenio serán instrumentadas según el caso, en los que quedarán formulados los objetivos, las unidades ejecutoras, los detalles operativos y la duración.-
TERCERA: Los programas de trabajo o de intercambio serán suscriptos por los titulares de ambas instituciones o por quienes éstos designen expresamente.
CUARTA: Los programas serán desarrollados –cuando fuera el caso- sobre la base de Planes Operativos, en los que se detallarán las acciones del período respectivo y los recursos a emplear.-
QUINTA: Los resultados parciales o definitivos que se logren, podrán ser publicados o dados a conocer por cualquier medio por las partes, conjunta o separadamente, con la sola mención de hacer constar que han sido elaborados con el contexto del presente convenio y de aquel programa.
SEXTA: Los eventuales aprovechamientos económicos que pudieren tener su origen en este convenio, serán objeto de acuerdo separado entre ambas partes.
SEPTIMA: Este convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes mediante comunicación de manera fehaciente a la otra, con seis meses de anticipación. La denuncia no enervará las acciones pendientes de programas que no fueren expresamente rescindidos por los organismos signatarios.
OCTAVA: El presente convenio tendrá vigencia por el término de un año renovable automáticamente por períodos iguales si las partes no manifiestan fehacientemente su voluntad en contrario.
NOVENA: A los fines que pudiera corresponder las partes fijan domicilio en los arriba indicados y someten en la jurisdicción de la Capital Federal.-
De conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los 23 días del mes de diciembre del año 2.010.-
Estaban en el acto de la firma el Dr. Adrián Sergio Cetrángolo (Director académico CIJUSO) y el Dr. Carlos Fabián Blanco (Secretario de Fundejus)
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